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Mi madre descolgó el teléfono fijo y, tras mantener un par de frases
de conversación, me dice con cierta preocupación que recibió una carta del
banco por la mañana en la que se le comunica la necesidad de pasar con rapidez
por la sucursal, pues en caso contrario le harán algo en la cuenta.
Una vez tengo la misiva en las manos paso a leer que, con motivo de la Ley
10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales, la conminan a presentarse a la
mayor brevedad posible en la oficina con el DNI en vigor al objeto de
actualizar sus datos, pasando a ser bloqueadas las cuentas (en plural) en una
primera fase y canceladas si pasado un tiempo incumple el tramite requerido. Y
uno se pregunta: ¿tendré una madre que, sobrepasados los ochenta años de edad y
camuflada bajo una vida de aparente normalidad, lleva a cabo actividades
delictivas?, ¿moverá cifras de un lado a otro del mundo haciendo ingeniería
financiera con un ordenador portátil y un teléfono móvil desde la salita?,
¿acabará sentada en el banquillo de los acusados por formar parte de una
organización criminal? Al día siguiente formaliza el trámite y
queda tranquila, pues parece que seguirá teniendo acceso a su única cuenta y a
la pensión de viudedad que percibe. Y, quienes de verdad la lían, ¿estarán
nerviosos y temblando ante esta medida?