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Que no acabe de encontrarle el sentido ni verle la gracia, no
significa que vea con buenos ojos el remedio de la prohibición y la multa. Y
con ello me refiero a la propagación de ordenanzas municipales que contemplan
sanciones de cientos de euros para quienes lleven disfraces y complementos en
las despedidas de solteros que tengan la catalogación moral de indecorosos,
como pueden ser la representación de pechos, vaginas o penes. Limitar en los
espacios públicos el uso de altavoces, bocinas y pitos cuya finalidad no
es otra que la de anunciar el fin de la soltería de un familiar o amigo, es una
medida que trata de evitar perturbaciones y molestias físicas gratuitas al
resto de los ciudadanos ajenos a la celebración del evento, pero cerrar la
puerta y castigar la exhibición de figuras e imágenes que, al fin y al cabo,
corresponden a determinadas partes u órganos del cuerpo humano, es algo más
controvertido. ¿Habría que impedir el acceso a playas, piscinas o baños
termales de personas que, por ejemplo, tengan tatuajes susceptibles de ser
considerados como obscenos?